Ley de la Segunda Oportunidad para autónomos

La solución más eficaz para cancelar tus deudas siendo autónomo

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es una ley que permite a particulares y autónomos en situación de insolvencia cancelar total o parcialmente sus deudas con el objetivo de que puedan reincorporarse a la actividad económica sin cargas insostenibles.

Ley 25/2015, de 28 de julio – BOE-A-2015-8469Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC)

Esta ley te permite:

Cancelar hasta el 100% tus deudas públicas y privadas.

Salir de ficheros de morosos como ASNEF o RAI.

Recuperar tu capacidad financiera: cuentas, financiación, contratos.

Volver a emprender si lo deseas.

Proteger tu viviendavehículo habitual.

¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Requisitos para autónomos

No hace falta haber cerrado el negocio ni tener embargos activos. Si eres autónomo y no puedes pagar tus deudas —o sabes que en pocos meses no podrás— puede que ya cumplas los requisitos

Ser persona física

La LSO es solo para personas físicas: autónomos, particulares o empresarios individuales.

Las sociedades mercantiles (SL, SA) quedan fuera de esta vía.

Estar en situación de insolvencia actual o inminente

No puedes hacer frente a tus pagos hoy, o prevés que en menos de 3 meses no podrás.

Esto aplica tanto si sigues activo como si ya has cesado tu actividad.

Haber actuado de buena fe

No has ocultado bienes, no has cometido fraude y no te has endeudado de forma temeraria.

Es el requisito más importante y el que más analiza el juez. (Art. 487 TRLC)

No tener condenas por delitos económicos

No haber sido condenado por delitos patrimoniales, contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social en los últimos 10 años.

No haberse acogido a la LSO recientemente

Debes respetar un plazo mínimo desde la última exoneración: 2 años si fue mediante plan de pagos, o 5 años si fue por liquidación de bienes. (Art. 491.2 TRLC)

¿Qué rompe la buena fe?

Haber ocultado bienes o ingresos al solicitar el procedimiento.

Haber pedido créditos sabiendo que no podrías devolverlos.

Realizar pagos o transferencias a familiares justo antes de declarar insolvencia.

Que el concurso haya sido declarado culpable en un procedimiento previo.

Haber aportado información falsa a los acreedores.

Ley 16/2022, de 5 de septiembre – BOE-A-2022-14580 – Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC)

Analicemos si cumples los requisitos y consigue cancelar tus deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad.

¿Qué deudas se pueden cancelar con la Ley de Segunda Oportunidad?

Deudas privadasCancelación total posible

Préstamos personales y líneas de crédito.
Incluye préstamos bancarios, financieras y créditos al consumo.

Tarjetas de crédito y tarjetas revolving.
Uno de los casos más habituales entre autónomos con deudas acumuladas.

Deudas con proveedores y acreedores comerciales.
Facturas impagadas derivadas de la actividad profesional o del negocio.

Deuda hipotecaria sobrante tras ejecución.
Si el banco ejecutó la hipoteca y aún quedó deuda pendiente tras la subasta, ese remanente puede exonerarse.

Avales personales de deudas de la empresa.
Si avalaste como persona física deudas de tu sociedad, esa deuda también entra en el procedimiento.

Deudas con Hacienda y Seguridad SocialCancelación parcial

AEAT (Hacienda) y TGSS (Seguridad Social)

0€

5.000€

10.000€

Primeros 5.000 €Se cancelan al 100 %

De 5.001 € a 10.000 €Se cancela el 50 %

Lo que supere 10.000 €No se cancela

Actualización jurisprudencial 2026: Las STS 254/2026 y 260/2026 han fijado doctrina confirmando que el límite de 10.000 € es aplicable, pero reconocen que los intereses, recargos y sanciones asociados a la deuda pública sí pueden quedar exonerados en su totalidad.

¿Qué deudas NO pueden cancelarse?

La lista es cerrada. Si tu deuda no aparece en ella, puede cancelarse.

Pensiones de alimentos.
Las deudas por manutención de hijos o excónyuge son intocables. La ley las considera prioritarias por proteger a personas dependientes. No importa el importe: no se cancelan.

Responsabilidad civil derivada de delito.
Si debes una indemnización por condena penal —accidente de tráfico con víctimas, accidente laboral, daños a terceros— esa deuda no puede exonerarse.

Multas y sanciones penales o administrativas graves.
Las sanciones impuestas por resolución judicial o administrativa firme quedan fuera del perímetro de exoneración. Hay matices según el tipo y cuantía, pero como regla general no se cancelan.

Salarios e indemnizaciones laborales recientes.
Las deudas con trabajadores correspondientes a los últimos 60 días previos a la declaración del concurso no pueden exonerarse.

Deuda con Hacienda y Seguridad Social que exceda los 10.000 €.
El tramo que supera el límite legal de exoneración (visto en la sección anterior) debe abonarse, salvo resolución judicial favorable basada en criterios de proporcionalidad.

Costas y gastos judiciales del propio procedimiento.
Los gastos generados por el proceso concursal deben asumirse. No pueden incluirse en la exoneración.

Ley 16/2022, de 5 de septiembre – BOE-A-2022-14580 – Art. 489 TRLC (Lista taxativa de deudas no exonerables)

¿Y la hipoteca?

La deuda hipotecaria cubierta por la garantía no se exonera — el banco puede ejecutar el bien. Pero si tras la ejecución y la subasta queda un remanente de deuda sin cubrir, ese sobrante sí puede exonerarse. Es uno de los puntos que más alivio genera en autónomos que perdieron su local o vivienda vinculada al negocio.

En la mayoría de los casos de autónomos con deudas de negocio, el conjunto de las obligaciones sí entra dentro del perímetro de exoneración.
Una consulta inicial permite saberlo con certeza.

¿Qué beneficios tiene la Ley de Segunda Oportunidad para autónomos?

Paralización de embargos

En cuanto el juez admite tu solicitud, se paralizan automáticamente todos los embargos activos.

Protección de la vivienda habitual

Si optas por el plan de pagos o el valor de tu vivienda no cubre la hipoteca, puedes conservarla durante y después del proceso.

Conservas las herramientas de trabajo

Los bienes necesarios para el ejercicio de tu actividad profesional quedan protegidos. No pierdes los medios con los que generas ingresos.

Salida inmediata de ficheros de morosos

ASNEF, RAI, BADEXCUG, Experian. Una vez concedido el BEPI, los acreedores están obligados a solicitar la baja de tus datos.

Recuperación de la capacidad financiera

Vuelves a poder abrir cuentas, acceder a financiación y contratar servicios. Muchos clientes obtienen crédito en menos de un año tras la exoneración.

Puedes volver a emprender

La exoneración no te inhabilita para ejercer actividad económica. Recuperas tu reputación profesional limpia de cargas del pasado.

¿Qué ocurre si eres administrador de una sociedad?

Ser administrador de una SL o SA no te excluye de la Ley de Segunda Oportunidad , pero hay matices importantes que debes conocer antes de actuar.

¿Qué deudas son de la empresa y qué deudas son tuyas?

Deudas de la sociedadNO exonerable vía LSO

Préstamos a nombre de la SL o SA

Deudas con proveedores de la empresa

Deudas tributarias de la sociedad

Deudas laborales con empleados de la empresa

Deudas como persona físicaSÍ exonerables vía LSO

Avales y préstamos personales que firmaste por la empresa

Deudas propias con Hacienda o la SS como persona física

Deudas con Hacienda por responsabilidad civil subsidiaria de la empresa

Responsabilidades patrimoniales derivadas de tu cargo

Tres escenarios habituales del administrador

Eres administrador y avalaste deudas de tu empresa con tu patrimonio personal

Es el caso más común. El banco o proveedor te exige ahora el pago a ti directamente. Esas deudas de aval sí son tuyas como persona física y pueden exonerarse mediante la LSO, aunque la empresa siga existiendo o esté en concurso. Acceso a la LSO

La empresa está en concurso — ¿me protege a mí automáticamente?

No. El concurso de acreedores de la sociedad no cancela tus avales personales ni tus deudas como persona física. Puedes necesitar un procedimiento paralelo: uno para la empresa y otro para ti como persona física a través de la LSO. Requiere estrategia en dos niveles

Solo tengo deudas a nombre de la sociedad, no personales

En este caso la LSO no es la vía adecuada para ti. Las deudas de la sociedad se gestionan mediante el concurso de acreedores, planes de reestructuración o el procedimiento especial para microempresas (Libro III TRLC), no mediante la segunda oportunidad. LSO no aplicable

La estrategia en dos niveles

Centeno Abogados - Especialistas en cancelación de deudas

Cuando coexisten deudas societarias y deudas personales del administrador, la solución óptima suele combinar el concurso de acreedores para la empresa y la LSO para la persona física.

No son excluyentes — pero sí requieren una planificación coordinada desde el inicio para evitar que las actuaciones de un procedimiento perjudiquen al otro.

Errores frecuentes que empeoran la situación

Mezclar el patrimonio personal con el de la sociedad justo antes de solicitar el procedimiento

Realizar pagos o transferencias a familiares justo antes de declarar insolvencia

Ocultar avales firmados o garantías prestadas al preparar la documentación

Retrasar la decisión esperando que «la empresa se recupere» cuando la insolvencia ya es real

Arts. 413–422 y 486–502 TRLC · Libro III TRLC (procedimiento especial microempresas) · Ley 16/2022, BOE-A-2022-14580

Estudiemos tu caso y determinemos cuál es la vía más eficaz para cancelar tus deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad.

Fases y duración del proceso

Desde la reforma de 2022, el procedimiento es íntegramente judicial y más ágil que nunca.
No hay trámites ante notario ni acuerdos extrajudiciales previos obligatorios. Todo comienza y termina en el Juzgado de lo Mercantil.

Las 4 fases del procedimiento

1
Preparación y presentación de la demanda

Se recopila toda la documentación: listado de deudas, acreedores, patrimonio, ingresos, declaraciones fiscales y extractos bancarios. Con ello se redacta la demanda de concurso ante el Juzgado de lo Mercantil del domicilio del deudor, solicitando simultáneamente la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI).

Duración: 2–4 semanas con un equipo especializado

2
Declaración del concurso y publicación
El juez examina la solicitud y, si cumple los requisitos, dicta el auto de declaración del concurso. Desde ese momento se paralizan los embargos. El auto se publica en el BOE y en el Registro Público Concursal, abriendo un plazo de 15 días hábiles para que los acreedores que representen al menos el 5 % del pasivo soliciten el nombramiento de administrador concursal.

Aquí se determinan los plazos siguientes

3
Tramitación del concurso

El procedimiento sigue una de las dos vías según el patrimonio del deudor (ver abajo). En ambos casos, el objetivo es el mismo: obtener la exoneración de las deudas que no pueden pagarse.

4
Resolución judicial: concesión del EPI

El juez dicta auto de conclusión del concurso con exoneración del pasivo insatisfecho. Las deudas incluidas quedan canceladas definitivamente. Los acreedores no pueden volver a reclamarlas.

Fin del procedimiento – Nuevo comienzo

En la fase 3, el proceso toma un camino u otro según tu situación patrimonial:

Vía A – Procedimiento sin masa activa

Para autónomos sin bienes embargables o con patrimonio insuficiente para cubrir el coste del proceso

Si ningún acreedor solicita administrador concursal, el deudor pide la EPI en los 10 días hábiles siguientes

El juez verifica la buena fe y concede la exoneración sin necesidad de liquidar bienes

Procedimiento más rápido y económico del sistema

3 a 9 meses

Vía B – Liquidación de activos o plan de pagos

Para autónomos con bienes embargables o ingresos suficientes para un plan de pagos

Liquidación: se venden los activos embargables y el juez exonera el resto

Plan de pagos: el deudor destina ingresos futuros a saldar las deudas no exonerables durante 3 a 5 años

Permite conservar la vivienda habitual en muchos supuestos

10 a 18 meses

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Cuéntanos tu situación y estudiaremos qué soluciones legales existen para ayudarte a cancelar, reestructurar o defenderte frente a las deudas de tu empresa o actividad como autónomo.

Si tienes problemas con embargos, acreedores, impagos, Hacienda o la Seguridad Social, nuestro equipo de abogados especializados en insolvencia y deudas empresariales puede ayudarte a encontrar la mejor estrategia para proteger tu negocio y reducir riesgos.

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Analizamos cada caso de forma personalizada y confidencial para ofrecerte una solución adaptada a tu situación.